martes, 23 de marzo de 2010

La Suprema Corte de Justicia de la Nación Ampara a Banamex en Juicio Millonario - Anatocismo

Esta nota del día de hoy es interesante pues de ella dependía en buena medida el sistema bancario. Se sabe que existen varios casos en los cuales clientes durante la década de los ochentas depositaron recursos en la banca nacionalizada en una época en la que las tasas de interés incluso llegaban a tres dígitos. Esos contratos fueron olvidados o no reclamados en su momento y después de que se privatizó la banca y se regresó a la estabilidad macro, algunos de estos clientes se encontraron con que dichos contratos, si se reclamaban, significaría obtener sumas millonarias de los bancos. Un caso muy sonado fue en Chihuahua y esta es la breve historia:
-....una serie de juicios contra instituciones de crédito, en este caso Banamex, el demandante exige el pago de intereses de una cuenta que fue abierta en 1987, que comenzó con un depósito de 400 mil viejos pesos. El contrato firmado por las partes establecía una tasa bruta de 12 por ciento, una sobretasa de 81.87 y una neta de 91.35 por ciento de interés mensual. Banamex estaría obligado a pagar más de mil 460 millones de pesos. ....
El caso es que un tribunal de Chihuahua le dio la razón al cliente y ordenó a Banamex pagar. Obviamente Banamex recurrió a la SCJN, quien atrajo el caso en agosto del 2007, dando paso a pleito de titanes, pues Diego Fernández se ocupó de la defensa del cliente. Así lo consigna El Universal en ese momento :
......La revisión del juicio multimillonario que perdió Banamex, y del cual depende el futuro de los demás bancos, ha enfrentado a cabilderos del más alto nivel que han acudido a presentar argumentos a favor y en contra en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Hasta el momento dos de los más visibles, aunque en trincheras opuestas, son el secretario de Hacienda y Crédito Público, Agustín Carstens, y el ex candidato presidencial por el PAN Diego Fernández de Cevallos. Carstens ha acudido a la Corte, sin formar parte del juicio, a abogar en favor de Banamex, y en general, de los bancos que enfrentan juicios similares en tribunales inferiores. Fernández de Cevallos se ha encargado de hacerle saber a los ministros, de acuerdo con información confirmada por algunos de ellos, de que él está detrás de la defensa —aunque no está acreditado oficialmente como tal— de José Luis Saldívar Cano, el particular que le ganó a Banamex, en dos instancias, la cantidad de mil 462 millones de pesos......Carstens les expuso las razones por las que consideraba que la Corte no sólo debía atraer este caso, sino también amparar a Banamex para que no pagara los mil 462 millones de pesos a los que había sido condenado por el Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua. El futuro del sistema financiero del país, les dijo, depende de la decisión que adopte la Suprema Corte de Justicia de la Nación en este caso. La Secretaría de Hacienda fue consultada acerca de la intervención del secretario Carstens en el tema, pero respondió que no habría comentarios al respecto. En contraparte, del lado del particular que le ganó el juicio a Banamex en el Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua, al menos tres ministros de la Corte confirmaron que el ex candidato presidencial panista Diego Fernández de Cevallos opera en su favor....
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Hoy la SCJN emite este comunicado
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México DF, a 23 de marzo de 2010.

DEBERÁ BANAMEX PAGAR INTERESES A UNA TASA QUE SE AJUSTE A DISPOSICIONES DE BANXICO Y A LAS CIRCUNSTANCIAS DEL MERCADO

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a Banco Nacional de México, S.A., integrante del Grupo Financiero Banamex, a fin de que la Séptima Sala de lo Civil del Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua, deje insubsistente la sentencia emitida por un juez, y en su lugar pronuncie otra.
Dicha Sala, señalaron los ministros, debe condenar nuevamente al banco demandado, con plenitud de jurisdicción, al pago de intereses capitalizados derivados del depósito de inversión que fue base de la acción, a una tasa variable, que será la pactada en el contrato únicamente durante el período original.
De igual manera, se tendrá que ajustar en los sucesivos períodos a las tasas máximas establecidas por el Banco de México, o en su defecto, a la tasa de mercado más benéfica para el cliente.
Así lo determinó el Alto Tribunal por considerar, por una parte, que en el contrato base de la acción, celebrado en 1987, sí existió un pacto expreso de las partes, en el sentido de capitalizar el monto de los intereses generados por la inversión.
Y, por otra parte, al interpretar una leyenda que se incluía en el pagaré del documento base, que decía que las inversiones se renovarían automáticamente con las mismas condiciones si el cliente no ordenaba lo contrario.
En ese sentido, el Pleno de ministros consideró que de dicho documento no se deriva el pacto de un interés fijo aplicable a todos los períodos de reinversión que transcurrieron durante la vida del contrato, sino que la tasa pactada debía interpretarse, de tal manera que se ajustara a las disposiciones emitidas por el Banco de México y a las circunstancias del mercado.
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No soy abogado y no se exactamente que es lo que prosigue, pues es un amparo, pero en el comunicado de la SCJN se ordena algo adicional. Ojalá algún lector sepa de esto y lo comente. En todo caso este tema se refiere al Anatocismo, esto es, la capitalización de los intereses, de modo que sumándose tales intereses al capital originario pasan a redituar nuevos intereses. El anatocismo fue reconocido por la SCJN en 1998, pero aparentemente sería a favor de los bancos y no de los clientes. Caso realmente interesante y explosivo....

9 comentarios:

Oscar D dijo...

BUENAS NOCHES A TODOS:

En relación a este tema, quisiera precisar que la sentencia emitida por la Corte resolvió tres aspectos esenciales:

a) Que sí se acreditó la existencia del contrato de depósito bancario
b) Que sí se renueva el contrato de depósito bancario por tiempo indefinido.
c) Que las extraordinarias tasas de interés pactadas entre Banamex y el cliente (tasa mensual de 91%)no son nulas, sin embargo, tienen que ser acordes a las disposiciones de orden público así como a las tasas de interés fijadas por el Banco de México en esos años. Bajo esa lógico ello significaría una reducción sumamente considerable en el importe cuyo pago demandó el cliente a Banamex.

Lo que sigue a continuación es que el Tribunal de Chihuahua emita una nueva resolución en donde deba establecer los mecanismos para cuantificar los intereses de acuerdo a los importes que en esos años fijó el Banco Central y posteriormente, el mercado. Este punto podrá ser objetado por las partes (Banamex o el cliente)que esten inconformes por dicha cuantificación. De hecho, agotadas las instancias pueden de nueva cuenta promover un juicio de amparo, lo que podría implicar algunos años más.

Les envío cordiales saludos,

Oscar Durán

Alejandro Villagomez dijo...

Oscar, muy util e informado tu comentario, como buen abogado!!!! te agradezco tu contribución

Anónimo dijo...

pues yo no soy ni informado ni abogado, pero si me duele, el hecho de q cuando se trata de particulares nos dan hasta con la cubeta, y q muchos perdimos el patrimonio con la crisis del 94, despues de q nos quitaron las propiedades, los bancos cobraron el fobaproa y no sabemos si les pagaron por ellas esto es por nuestra deuda y por la cual nos quitaron la propiedad, por tanto hiceron doble negocio, y depues pagamos nuevamente con nuestros impuestos pagando por lo q nos quitaron por la deuda q contrajo el gobierno...

Anónimo dijo...

NO se mide con la misma vara. Eso es Mexico pair de amos y esclavos.
Asi lo dijo CSG en su sexenio
Alex

RAFAEL VILLAGRAN dijo...

La sentencia de la suprema corte de justicia de la nación ayuda en gran medida a los bancos que hoy en día pertenecen a transnacionales que obtienen ganancias excesivas con las altas tasas de interés que les permite el gobierno cobrar a los tarjetahabientes y deudores de créditos hipotecarios.Si bien era inmensa la suma reclamada yo creo que en buena medida era una oportunidad para regresar a mexicanos una o dos instituciones bancarias que hoy en día pertenecen a el Gobierno de estados Unidos tras su intervención en los Bancos debido a la pasada crisis.En resumen la justicia ha sido tardada y ha beneficiado hasta esta instancia a la Banca internacional

Unknown dijo...

Si el sistema financiero no puede atraer ahorradores de manera voluntaria, entonces debe de crear incentivos para hacerlo. Asimismo, esto debe de complementarse con políticas públicas que fomenten en ahorro “voluntario” y que no sólo se enfoquen el ahorro “forzoso” (sistema de pensiones). Es importante considerar un cambio en el funcionamiento y estrategia de la banca. Marianna Lara

Brenda Nava dijo...

Coincido con Alex, el sesgo que en México se le da a la justicia es impresionante, y creo que mientras continuemos así no solo tardaremos más en crecer, también nos costará más trabajo.

Saludos

Unknown dijo...

La postura de la corte obedece no solo a un tema jurídico que se encuentra sujeto a interpretación, si no a un riesgo sistemático de descapitalización bancaria.

En caso que la SCJN hubiera resuelto en favor del usuario, esto hubiera generado dos cosas (i)un tsunami de demandas contra el resto de las instituciones de banca múltiple del país, y (ii) la intervención del IPAB (instituto de protección al ahorro bancario) en todas las instituciones de banca múltiple a fin de garantizar los ahorros de los usuarios financieros.

Ahora, tomando en cuenta que de acuerdo a los estados financieros del IPAB a dic de 2009, muestran una liquidez de 42mil millones de pesos, es claro que en caso de ser necesaria la intervención de dicho instituto en las instituciones bancarias, serían insuficientes los recursos para cubrir los saldos generados en favor por las sentencias condenatorias en contra de los bancos.


Adicionalmente, en virtud de la intervención del gobierno en los bancos, la captación tradicional (ahorro) se reduciría a 0 por el riesgo sistemico que generaría la falta de liquidez en los bancos.

José Carrillo

Anónimo dijo...

Que jurisprudencia se puede aplicar entre este caso y el caso omnipresente de la(s) cláusula(s) en los contratos de depósito a bancos en donde se establece que solo podrna verse obligados a cubrir 400,000 UDIS como máximo a cada persona fisica y/o moral pro el nuevo Fondo de Proteccion al Ahorro.
Es una Felonia el que las personas fisicas dueñas de las personas morlaes propietarias y/o socias de las Instituciones bancarias puedan quebrar a las perosnas morales de su propiedad y con las que se enmascaran por cualquier pendejada, mientras que se demuestre que se gastó o invirtió, y que el gobierno les exija solo 400,000 UDIS.
Estos dos casos y los del FOBAPROA tiene suficientes elemntos para que los doctores en cualquier ciencia juridica y economica puedan hallar la inconstitucinalidad del sistema en que se formaron.
A menos de que sean lo suficientemente doctos, sabios y humillables, perdon , humildes para poder adjudicar a "La mano misteriosa de la economia" las causas de todo estos sucesos incontrolables, para eso estudiaron.
En esta Nacion Flantan Heroes y sobran "humillables", en el mas amplio sentido de la expresion.